La Ley 27.802 o Ley de Modernización Laboral que entró en vigor el pasado 6 de marzo. Presenta cambios sustanciales que requieren la rápida actualización de los sistemas de las empresas que operan con colaboradores en la Argentina.
Hoy más que nunca los líderes de Capital Humano deben confiar en sus aliados de negocios de tecnología para seguir operando con agilidad y adaptarse a los requerimientos de la nueva ley.
Cambios destacados de la nueva Ley 27.802
- Nuevo sistema indemnizatorio: Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), un sistema de capitalización que propone al empleador generar una cuenta individual (patrimonio separado, independiente, inenajenable e inembargable) con el objetivo de contar con una ‘reserva’ en caso de tener que indemnizar a algún colaborador. Ese fondo se conforma con aportes obligatorios mensuales del empleador (entre 1% y 3% del salario, según el tamaño de la empresa) que salen de la remuneración del empleado, controlado por la Comisión Nacional de Valores (CNV) para garantizar el pago de indemnizaciones.
La contribución mensual es obligatoria y se calcula sobre la remuneración base de acuerdo con el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el régimen público administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) que agrupa los aportes jubilatorios de trabajadores en relación de dependencia y autónomos, financiando prestaciones previsionales bajo un sistema solidario de reparto.
- Banco de horas y jornada flexible: Se introduce la posibilidad de extender la jornada hasta 12 horas diarias mediante un sistema de compensación de tiempo denominado «banco de horas». El acuerdo entre las partes (colaborador y empleador) debe ser voluntario y por escrito.
La propuesta del ‘banco de horas’ plantea, por ejemplo, que, si alguien se quedó trabajando 3 horas extras un día, lo compensa presentándose 3 horas más tarde al siguiente. Este mecanismo fue pensado para adaptar los recursos según los momentos de mayor demanda de cada empresa; es ‘flexible’ y, por cuestiones de salud, tiene en cuenta un descanso mínimo de 12 horas entre jornada y jornada. Ese tiempo extra dedicado a la empresa se puede compensar con días de franco o jornadas reducidas; se reemplaza el pago tradicional de horas extras por esquemas de compensación con tiempo de descanso.
- Registración unificada ante ARCA: La registración de trabajadores ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) será suficiente a todos los efectos, sin que puedan exigirse requisitos adicionales por parte de ninguna otra autoridad. Se simplifica la operatoria, ya no será necesario el registro del empleado en los Libros de Sueldos. Los libros preexistentes deberán conservarse por el plazo de 10 (diez) años.
- Salario dinámico: Se habilita la figura del ‘salario dinámico’, que permite pagos variables ligados al mérito o la productividad a través de convenios colectivos. Abarca componentes retributivos dinámicos, adicionales, transitorios, fijos o variables, sin que por ello se genere un derecho adquirido. Esto se hace para prevenir futuros reclamos o litigios.
- Fin de la ultraactividad: Se limita la vigencia automática de los convenios colectivos vencidos, y los convenios de ámbito menor pasan a prevalecer sobre los de ámbito mayor.
- Repartidor independiente (nueva figura): El vínculo con aplicaciones no constituye relación laboral sino contrato de servicio independiente, neutralizando cualquier tipo de reclamo o demanda de estos empleados hacia su empleador.
Cambios a nivel impositivo
- Cálculo retroactivo de Ganancias 4ª categoría 2026 y devolución -si correspondiera–: ARCA publicó las deducciones personales y escalas del impuesto a las Ganancias para el primer semestre de 2026, con un ajuste retroactivo al 1° de enero basado en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) del segundo semestre de 2025 (14,29%). Los empleadores deberán realizar el cálculo retroactivo de Ganancias al 1º de enero 2026 y, en caso de haber retenido de más por utilizar las tablas del año 2025, devolver al colaborador lo que corresponda en el próximo pago.
- Vencimiento Siradig 31 de marzo: ARCA determinó el 31 de marzo de 2026 como fecha límite para presentar el Formulario 572 Web por parte de los trabajadores en relación de dependencia. Se trata de una herramienta digital que utilizan los trabajadores en relación de dependencia para informar a su empleador las deducciones del Impuesto a las Ganancias. A través de este sistema se pueden declarar diferentes conceptos deducibles, como:
– Cargas de familia
– Gastos médicos
– Alquileres de vivienda
– Cuotas médico-asistenciales
– Percepciones por compra de moneda extranjera
– Otros gastos deducibles autorizados por la normativa vigente
La información cargada en el sistema permite que el empleador actúe como agente de retención y realice correctamente la liquidación anual del Impuesto a las Ganancias.
Marzo ha sido un mes clave para el área de Recursos Humanos en cuanto al cumplimiento de nuevas normativas y retenciones. Los cambios mencionados en la Ley 27.802 y los promovidos por ARCA con referencia a la nueva tabla de retenciones de Impuesto a las Ganancias precisó una actualización rápida de las soluciones de las empresas para el gerenciamiento de las personas, abarcando nómina, desempeño, compliance, onboarding. Esto generó la imperiosa necesidad de trabajar junto con los expertos para entender qué abarcan los cambios y adaptar los sistemas con agilidad en el mismo mes.
Mandü, tecnología que transforma la manera de trabajar.






